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Guia fiscal

Guia de referencia sobre las obligaciones fiscales aplicables a autonomos y pymes en Espana. Este documento no sustituye el asesoramiento profesional, pero proporciona una vision completa del marco tributario que Factux ayuda a gestionar.


El sistema tributario espanol distingue entre dos formas juridicas principales para la actividad empresarial:

Autonomos (personas fisicas)

  • Tributan por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas (IRPF).
  • Declaran el IVA trimestralmente.
  • Realizan pagos fraccionados trimestrales del IRPF.
  • Se inscriben en el Regimen Especial de Trabajadores Autonomos (RETA) de la Seguridad Social.

Sociedades (personas juridicas)

  • Tributan por el Impuesto sobre Sociedades (IS).
  • Declaran el IVA trimestralmente (o mensualmente si estan en el SII).
  • Realizan pagos fraccionados del IS.
  • Inscriben a sus trabajadores en el Regimen General de la Seguridad Social.
RegimenDescripcionA quien aplica
GeneralRepercusion y deduccion plena del IVAMayoria de empresas y autonomos
SimplificadoCuota fija basada en modulosAutonomos en estimacion objetiva
Recargo de equivalenciaIVA incluido en la compra, sin declaracionComerciantes minoristas persona fisica
Criterio de cajaIVA se devenga al cobrar/pagarPymes que opten voluntariamente

El Impuesto sobre el Valor Anadido (IVA) grava el consumo y se aplica en la mayoria de operaciones comerciales en territorio espanol (excepto Canarias, Ceuta y Melilla, que aplican IGIC/IPSI).

TipoPorcentajeAplicacion
General21%Regla general para bienes y servicios
Reducido10%Alimentos, transporte de viajeros, hosteleria, vivienda nueva, gafas y lentillas
Superreducido4%Pan, leche, huevos, frutas, verduras, cereales, quesos, libros, medicamentos, vehiculos para movilidad reducida
Exento0%Servicios sanitarios, ensenanza, operaciones financieras y de seguros, alquiler de vivienda
  • IVA repercutido: IVA que el negocio cobra a sus clientes en las facturas emitidas. Se ingresa a Hacienda.
  • IVA soportado: IVA que el negocio paga a sus proveedores en las facturas recibidas. Se deduce de Hacienda.
  • Resultado de IVA: IVA repercutido - IVA soportado.
    • Positivo: importe a ingresar a Hacienda.
    • Negativo: importe a compensar en trimestres siguientes o solicitar devolucion (solo en el cuarto trimestre, como regla general).

Requisitos para la deduccion del IVA soportado

Sección titulada «Requisitos para la deduccion del IVA soportado»

Para deducir el IVA soportado, la factura debe cumplir:

  • Estar emitida a nombre del negocio con NIF correcto.
  • Desglosar la base imponible y la cuota de IVA.
  • Corresponder a una actividad afecta a la actividad economica.
  • Estar registrada en el libro registro de facturas recibidas.

El IRPF afecta a los autonomos (personas fisicas) de dos formas principales: las retenciones en facturas y los pagos fraccionados trimestrales.

Los profesionales autonomos (actividades profesionales, no empresariales) estan obligados a incluir retencion de IRPF en sus facturas a otros profesionales o empresas:

SituacionPorcentaje de retencion
Regla general15%
Nuevos autonomos (primeros 3 anos)7%
Actividades ganaderas de engorde1%
Actividades forestales2%
Actividades agricolas2%
MetodoDescripcionBase imponible
Estimacion directa normalContabilidad completaIngresos reales - gastos reales
Estimacion directa simplificadaLibro de ingresos y gastosIngresos reales - gastos reales (con simplificaciones)
Estimacion objetiva (modulos)Indices y modulos fijosCalculo segun parametros objetivos (empleados, superficie, etc.)

El Impuesto sobre Sociedades (IS) grava la renta de las personas juridicas (sociedades limitadas, anonimas, etc.).

Tipo de entidadTipo generalTipo reducido
Sociedades en general25%-
Entidades de nueva creacion (2 primeros anos con beneficios)15%-
Cooperativas fiscalmente protegidas20%-
Entidades sin animo de lucro10%-

Son deducibles los gastos necesarios para la obtencion de ingresos, entre otros:

  • Sueldos y salarios, incluidas cotizaciones sociales.
  • Alquiler de locales y oficinas.
  • Suministros (luz, agua, telefono, internet).
  • Material de oficina y consumibles.
  • Amortizacion del inmovilizado.
  • Gastos financieros (intereses de prestamos).
  • Primas de seguros.
  • Servicios profesionales (asesoria, abogados).
  • Publicidad y marketing.
  • Dietas y desplazamientos (con limites).

Declaracion trimestral del IVA. Obligatorio para todos los sujetos pasivos del IVA que no esten en el SII.

SeccionDatos incluidos
IVA devengadoBases imponibles y cuotas de IVA repercutido por tipo impositivo
IVA deducibleBases imponibles y cuotas de IVA soportado deducible
ResultadoDiferencia entre IVA devengado y deducible
CompensacionesImportes negativos de trimestres anteriores pendientes de compensar
Resultado a ingresar o compensarImporte final a pagar o a compensar
TrimestrePeriodoPlazo de presentacion
1TEnero - MarzoDel 1 al 20 de abril
2TAbril - JunioDel 1 al 20 de julio
3TJulio - SeptiembreDel 1 al 20 de octubre
4TOctubre - DiciembreDel 1 al 30 de enero del ano siguiente

Pago fraccionado del IRPF para autonomos.

Aplica a autonomos en estimacion directa (normal o simplificada).

DatoCalculo
Ingresos acumuladosSuma de ingresos del 1 de enero hasta el fin del trimestre
Gastos acumuladosSuma de gastos deducibles del mismo periodo
Rendimiento netoIngresos - Gastos
Pago fraccionado (20%)20% del rendimiento neto
DeduccionesRetenciones soportadas + pagos fraccionados anteriores del ejercicio
ResultadoPago fraccionado - Deducciones

Aplica a autonomos en estimacion por modulos.

El calculo se basa en los indices y modulos asignados a cada actividad economica (numero de empleados, superficie del local, consumo electrico, etc.).

Los mismos que el Modelo 303 (1-20 de abril, julio, octubre y 1-30 de enero).


Declaracion informativa anual que resume toda la actividad de IVA del ejercicio. No implica pago ni devolucion.

  • Resumen de bases imponibles y cuotas por tipo impositivo (21%, 10%, 4%, exento).
  • Total de IVA devengado del ejercicio.
  • Total de IVA deducible del ejercicio.
  • Resultado anual (debe coincidir con la suma de los cuatro Modelos 303).
  • Datos identificativos del sujeto pasivo.
  • Volumen de operaciones.

Del 1 al 30 de enero del ano siguiente al ejercicio declarado. Se presenta junto con el Modelo 303 del cuarto trimestre.


Resumen de las principales obligaciones tributarias trimestrales y anuales:

PlazoModelosDescripcion
1-20 abril303, 130/131IVA 1T + IRPF 1T
1-20 julio303, 130/131IVA 2T + IRPF 2T
1-20 octubre303, 130/131IVA 3T + IRPF 3T
1-30 enero303, 130/131, 390IVA 4T + IRPF 4T + Resumen anual IVA
PlazoModeloDescripcion
1-30 enero390Resumen anual IVA
1-25 julio200Impuesto sobre Sociedades (sociedades con ejercicio = ano natural)
Abril - Junio100Declaracion anual del IRPF (renta)
Enero180, 190Resumenes anuales de retenciones

Pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades

Sección titulada «Pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades»
PlazoDescripcion
1-20 abrilPrimer pago fraccionado (Modelo 202)
1-20 octubreSegundo pago fraccionado (Modelo 202)
1-20 diciembreTercer pago fraccionado (Modelo 202)

Ademas de las declaraciones tributarias, los autonomos y sociedades tienen obligaciones formales de registro y conservacion de documentacion.

LibroObligatorio paraContenido
Libro registro de facturas emitidasTodos los sujetos pasivos de IVATodas las facturas emitidas, con fecha, numero, NIF del destinatario, base imponible y cuota
Libro registro de facturas recibidasTodos los sujetos pasivos de IVATodas las facturas recibidas de proveedores
Libro registro de bienes de inversionSujetos pasivos con bienes de inversionActivos fijos con datos de adquisicion, amortizacion y regularizacion de deducciones
Libro registro de operaciones intracomunitariasOperadores intracomunitariosEntregas y adquisiciones intracomunitarias de bienes
Libro diarioSociedades y autonomos en estimacion directa normalRegistro cronologico de todas las operaciones contables
Libro de inventarios y cuentas anualesSociedades y autonomos en estimacion directa normalBalance de situacion, cuenta de perdidas y ganancias, memoria

Una factura completa debe contener:

  • Numero de factura (serie y numero correlativo).
  • Fecha de expedicion.
  • Nombre o razon social y NIF del emisor.
  • Nombre o razon social y NIF del destinatario.
  • Descripcion de las operaciones (bienes o servicios).
  • Base imponible, tipo impositivo y cuota de IVA.
  • Importe total.
  • En su caso, mencion a exenciones o regimenes especiales aplicables.
Tipo de documentoPlazo de conservacion
Facturas emitidas y recibidas4 anos (prescripcion tributaria)
Libros contables6 anos (Codigo de Comercio)
Contratos y documentacion mercantil6 anos
Documentacion laboral (nominas, TC)4 anos
Documentacion de Seguridad Social4 anos

Factux facilita el cumplimiento de estas obligaciones:

  • Genera y mantiene automaticamente los libros registro de facturas emitidas y recibidas.
  • El libro diario contable se genera a partir de los asientos registrados.
  • Las facturas emitidas desde Factux cumplen con todos los requisitos legales.
  • La documentacion se almacena digitalmente durante todo el periodo de conservacion.
  • Los informes contables se pueden exportar en los formatos oficiales requeridos.

Detalles tecnicos — Guia fiscal

La configuracion fiscal del negocio se gestiona en Configuracion > Datos fiscales y afecta a:

ParametroTablaDescripcion
tax_regimebusinessesRegimen fiscal: general, simplified, equivalence_surcharge, cash_basis
irpf_retentionbusinessesPorcentaje de retencion IRPF por defecto
is_new_freelancerbusinessesFlag para autonomos nuevos (retencion 7%)
estimation_methodbusinessesMetodo de estimacion: direct_normal, direct_simplified, objective
corporate_tax_ratebusinessesTipo del Impuesto de Sociedades
sii_enabledbusinessesIndica si el negocio esta inscrito en el SII
FuncionDescripcion
tax-calendar-nextDevuelve las proximas obligaciones fiscales del negocio
tax-model-303-previewGenera pre-liquidacion del Modelo 303
tax-model-130-previewGenera pre-liquidacion del Modelo 130
tax-vat-booksGenera libros registro de IVA oficiales